1. INTRODUCCIÓN
En este artículo, con la ayuda directa de la asesoría fiscal Asepro Carthago SL, vamos a ir resolviendo las principales preguntas sobre fiscalidad de criptomonedas en España para este año 2023.
Cualquier duda adicional que no haya sido abordada todavía, podéis compartirla en los comentarios.
2. PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE FISCALIDAD DE CRIPTOMONEDAS EN ESPAÑA (2023)
Si he invertido en criptomonedas, ¿tengo que declarar algo a Hacienda?
Por el mero hecho de realizar la inversión no hay que declarar nada en Hacienda. La criptomonedas están exentas de IVA al ser consideradas como medio de pago tras la Sentencia del STJUE del 22 de Octubre de 2015 y en virtud de esta misma sentencia que las considera una moneda virtual tampoco estarían dentro del ámbito de aplicación del ITPAJD.
La clave para tener que declarar a Hacienda es cuando las vendes, por el mero hecho de comprarlas es casi como si comprases un sofá para el salón de casa.
He sacado beneficios de la inversión en criptomonedas, ¿cómo los declaro a nivel fiscal?
Las pérdidas o ganancias patrimoniales que producen las operaciones con criptomonedas se declaran directamente en IRPF (Renta) o IS (en caso de Sociedades) y forma parte de la base imponible del ahorro. Debes guardar documentación que acredita los precios y fechas de compra y venta de cada operación con criptomonedas para así tener la documentación de base necesaria para confeccionar correctamente la declaración.
¿Qué modelos hay que rellenar?
A día de hoy, como dije anteriormente, se declara directamente en la Renta (o el Impuesto de Sociedades) y no hay que rellenar ningún modelo específico; tampoco es necesario incluirlas en el «famoso» Modelo 720 de Declaración de Bienes en el Extranjero porque si tienes las criptomonedas en un wallet se entiende que están en España y no en el extranjero, de modo que no serían objeto de inclusión en dicho modelo fiscal.
¿Qué porcentaje de los beneficios en la inversión de criptomonedas hay que pagar a Hacienda?
Las alteraciones patrimoniales que causan las operaciones con criptomonedas constituyen, a efectos de IRPF, pérdidas o ganancias patrimoniales en la base imponible del ahorro. Están ganancias tributan a tipos impositivos que van desde el 19 al 23 %.
- Menos de 6000 € de beneficio = 19 %.
- Entre 6000 y 50 000 € de beneficio = 21 %.
- Más de 50 000 € de beneficio = 23 %.
¿Tengo que informar a Hacienda de qué criptomonedas tengo en posesión?
No. Únicamente en caso de tener que declarar ganancias o pérdidas patrimoniales (da igual que sean de criptomonedas, acciones o cualquier otro activo).
3. ¿TIENES ALGUNA PREGUNTA ADICIONAL?
¡Déjala en los comentarios!
4. INFORMACIÓN RELACIONADA DE INTERÉS
- Cómo descargar el historial de operaciones en Binance.
- Cómo descargar el historiales de operaciones en Coinbase.
5. REFERENCIAS
Las respuestas a vuestras preguntas sobre fiscalidad de criptomonedas están siendo resueltas por Salvador Lorenzo Ros Torres (asesor y consultor fiscal de Asepro Carthago SL).
6. DONACIONES
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Buenas. En principio. al no llegar al minimo por rendimiento del trabajo (22.000€) no estoy obligado a presentar la declaracion. pero obtuve beneficios por valor de 130€ por la compraventa de criptomonedas.
¿Es obligatorio presentar la declaracion? He leido que si las ganacias patrimoniales no superan los 1600€ no es necesario. La duda es si la compraventa de criptos entra dentro de ganancias patrimoniales.
gracias.
Hola David, las operaciones de trading con criptomonedas a efectos fiscales tienen la consideración de ganancias o pérdidas patrimoniales.
En 2020 compre BTC en Kraken (USA)...luego lo lleve a una Wallet privada
El dinero lo envíe por trasferencia ...creo que a través de un banco alemán
Tengo que declararlo ...y pagar patrimonio ?
En 2021 baje por medio de una compañía
española algo de capital en euros
Sólo pnsaba declarar lo correspondiente a lo que baje
Hola Rafael, para cumplir con la actual normativa fiscal no puede usted elegir lo que declarar sino que debe declarar todas las ganancias y pérdidas puestas de manifiesto (materializadas) durante el ejercicio, al margen de que haya pasado usted su dinero a una entidad española o no.
Compre BTC en Kraken (USA)...luego lo lleve a una Wallet privada
El dinero en 2020 lo envíe por trasferencia ...creo que a través de un banco alemán
En 2021 baje por medio de una compañía
Pespañola algo de capital en euros
Pensaba declarar lo correspondiente a lo qque baje
La pregunta es si he de pagar patrimonio
Hola Rafael! Le ruego me disculpe pero no logro comprender bien lo que usted quiere explicar p preguntar y por ello no puedo darle una respuesta, tal y como está la pregunta por usted expresada.
Buenos dias.
Tengo 2 exchanges y 1 broker..
Exchange1: En uno hay importe en EUR mayor a 50.000€ y algunas cryptos (todas en conjunto suman menos de 50K ).
Exchange 2: Hay algunos euros y cryptos (todos en conjunto suman menos de 50K€).
Broker 1: Algunas acciones.
Según entiendo SI tendría que declarar al tener mas del umbral mínimo. La duda es. ¿Se declararía todo agrupado?, ¿Solo la parte de Euros que es la que supera?
Buenos días Julio! Si su pregunta va relacionada con la obligación de declarar o no en el "famoso" Modelo 720 he de indicarle que ahora mismo está en proyecto el que será Modelo 721 para la declaración específica de la posesión de criptos. Al estar en proyecto, no podría decirle nada con seguridad más allá de rumores periodísticos.
En respuesta a su última pregunta, se declararía llegado el caso el total, no solo la fracción que supera el umbral mínimo establecido.
Buenas,
Tengo una pregunta. Hay que declarar a Hacienda cada vez que vendes o todas las ganancias las declaras una vez al año? Muchas gracias.
Hola! Se declaran todas las ganancias o pérdidas una vez al año en su declaración de la Renta 🙂
Muchas gracias!
Buenos días, si no me he transferido el dinero a mi cuenta en todo el ejercicio, he de pagar sobre el beneficio a 31/12/21 aunque haya bajado al día siguiente, sin haberme transferido nada??
Hola Raquel! Hay que liquidar impuestos cuando "se pone de manifiesto la alteración patrimonial". Imagina que compras en Octubre 1BTC a 35.000€ y lo vendes en Enero por 40.000€, pero esos 40.000€ los utilizas para comprar otras cripto. En la renta del año en que haces la venta por 40.000€ tendrás que declarar una ganancia patrimonial de 5.000€ independientemente de que no te lo hayas transferido a tu cuenta bancaria. [Eso es, en puridad, lo que dice la norma]
Muy buenas, tengo una cuenta de criptomonedas
Es obligatorio declarar? Me han dicho que este año, la ley aun esta pendiente de que va hacer.
Que hay de cierto?
Hola Dolores! A fin de poder darle una respuesta correcta, ¿podría indicar en relación a qué impuesto o modelo fiscal va referida su pregunta? Y, en última instancia, qué movimientos ha tenido con dicha cuenta a la que hace usted referencia?. Según sus respuesta, podré indicarle.
Hola buenos dias mi consulta es si a mi cuenta en Binance me ingresan dinero un tercero entiendo que ese movimiento no esta registrado por hacienda ya que mis datos en Binance no son publicos, que yo tenga criptos y no las pase a mi cuenta bancaria estoy evitando los impuestos de estos valores. (quizas este equivocado). Y una vez teniendo criptos yo utilizo la tarjeta que me brinda Binance para gastos tengo algo que declarar? ¿Estoy actuando fuera de la ley de impuestos?Gracias y perdona mi ignorancia.Un saludo
Hola Martin! Disculpa no haber respondido antes su comentario pero no recibí el aviso al correo y acabo de leerle ahora. Si un tercero le pasa cripto en su cuenta de Binance a efectos fiscales es como si le hiciera una transferencia a su cuenta bancaria.
Binance va a dejar de ser opaco al fisco puesto que ha solicitado su registro como proveedor de servicios cripto ante la CNMV, con lo cual dejará de ser opaco al fisco y transmitirá todos los datos a la Hacienda española.
Hola,
Y encuanto a ganancias provenientes de Staking? Es decir, una cripto, que da lugar a generación de nuevas criptos? Entiendo que es como agregar algo al patrimonio, sin cambiar el valor del original (no se venden las originales)
Ha de declararlo de alguna forma?
gracias
Hola! El stacking entendido como los beneficios que genera (en forma de cryptos que llevan asociado un valor el día en que se perciben en la wallet virtual) el depósito de valores (criptomonedas) tributa de una forma diferencia a la compra-venta o la minería, ya que estaríamos en la práctica ante algo similar a la percepción de intereses derivados de capitales propios y por tanto los beneficios del stacking habrían de separarse para poder declararse correctamente en la base imponible del ahorro en IRPF.
Conviene que esas operaciones las tenga usted detalladas, desglosadas y separadas del resto pues esa información es necesaria tenerla toda para declararlo correctamente y quién únicamente puede proporcionarla es usted.
Hola David! La tarjeta visa es meramente un medio de pago y lo que haces con ese pago es poner de manifiesto que has transformado tus criptomonedas (o parte de ellas) en dinero, con lo cual implica que has puesto de manifiesto una alteración patrimonial que ha de declararse en IRPF efectivamente.
Es posible que mucha gente no lo declare pero a efectos de riesgos es similar a ir por la autovía a 200km/h, te puede pillar el radar o no; ya depende de lo que te guste el riesgo.
Buenas tardes
Si tengo cripto y una visa asociada a la Wallet, como por ejemplo la VISA de Binance, cuando realizo una compra mediante esta tarjeta en un comercio , debo declararlo igual que si pasase por el banco?